Últimas Noticias
Alimentos no podrán negociarse en comercio informal
28 October 2014VENEZUELA - El Ejecutivo Nacional publicó en la Gaceta Oficial que circuló este lunes un decreto que prohíbe la venta o cualquier otro medio de intercambio a través del comercio informal, ambulante o eventual, de los rubros y productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país.
Entre los argumentos que dieron pie a la medida, el Ejecutivo menciona que “grandes mafias económicas” han creado perversos mecanismos para beneficiarse de las políticas públicas de acceso a productos e insumos básicos. Entre ellos –apunta el documento– figura “el comercio informal, ambulante o eventual, donde dichos productos son vendidos a precios exorbitantes lesionando el derecho de los venezolanos a la compra a precios justos”.
La extensa lista publicada en la Gaceta N° 40.256 incluye cinco categorías de productos, cuya venta en tarantines informales o ambulantes está prohibida, informa Correo del Caroní.
En primer lugar, mencionan en la categoría de productos alimenticios, materias primas e insumos de éstos la prohibición de venta de aceites de maíz, soya, girasol, palma, o de mezclas, crudos o terminados; alimentos balanceados para animales; arroz paddy y arroz de mesa en cualquiera de sus presentaciones; arvejas, caraotas, lentejas, frijol de soya y leguminosas en general; atún, sardinas y jurel; azúcar cruda y refinada; y café en grano verde, tostado y molida, en cualquiera de sus presentaciones.
Asimismo se prohíbe la venta informal de carne de bovino, cerdo, pollo y gallina; ganado bovino en pie; harina de girasol, soya, trigo y maíz en cualquier de sus presentaciones; leche cruda, en polvo y UHT; maíz blanco y amarillo; mantequilla y margarina; pastas alimenticias; trigo; huevos de gallina; mayonesa y salsa de tomate; mortadela; sal, papas y tomates.
Del equipo de redacción de ElSitioAvícola